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Ziliotto habló de "robo" y La Pampa cree tener una carta para jugar contra el decreto de Milei

El Gobernador aún no anunció acciones concretas; pero la clave está en una causa donde la Corte ya la incorporó como parte.

La reacción de Sergio Ziliotto al Decreto 982/2026 fue inmediata y visceral, pero por ahora se quedó en el plano discursivo. "No solo Mendoza nos robó un río. Ahora junto al Gobierno de Milei, que deroga el Decreto 1560/73, nos quitan sus regalías", publicó el gobernador de La Pampa en su cuenta de X apenas horas después de que la Casa Rosada publicara en el Boletín Oficial la norma que le reconoce a Mendoza el 100% de las regalías hidroeléctricas de Los Nihuiles. Cerró con una frase que resume medio siglo de disputa: "¡No nos quedaremos quietos! El Río Atuel también es pampeano!!!". Lo que no hizo, al menos hasta el momento, fue precisar qué medidas piensa tomar su administración.

Esa ausencia de anuncios concretos no es necesariamente una señal de debilidad: es, más bien, el reflejo de que La Pampa ya tiene abierto el frente que probablemente utilice para pelear esta batalla, y que no necesita anunciar una nueva demanda porque ya es parte de una en curso. Desde el 27 de agosto —apenas dos semanas antes del decreto de Milei—, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó formalmente incorporar a La Pampa como parte en la causa "Mendoza, Provincia de c/ Estado Nacional s/ nulidad de acto administrativo - daños y perjuicios", el expediente que Mendoza inició en 2022 contra el Estado nacional para pedir la nulidad del Decreto 1560/73 y reclamar el pago retroactivo de las sumas que sostiene haber dejado de percibir durante más de cinco décadas. El propio tribunal le dio a la provincia pampeana un plazo de 60 días para presentarse.

Ese dato cambia la lectura del conflicto: el Decreto 982/2026 no resuelve la disputa de fondo, sino que la traslada. La propia norma firmada por Milei y Caputo reconoce que la cuestión retroactiva —es decir, si corresponde devolverle algo a Mendoza por lo cobrado de menos durante 53 años, o si La Pampa debe restituir algo de lo que percibió— queda en manos exclusivamente del Poder Judicial. Mientras esa causa avanza con La Pampa ya sentada en la mesa como parte interesada, el decreto solo define el reparto hacia adelante. Para Ziliotto, eso significa que la pelea recién empieza, y que la tiene que dar en los tribunales, no en el Boletín Oficial.

Un antecedente que La Pampa ya usó una vez con éxito

Lo llamativo es que este no es el primer intento de un gobierno nacional de dictar exactamente esta misma norma. En 2015, la Procuración del Tesoro de la Nación ya había dictaminado que Mendoza debía cobrar el 100% de las regalías de Los Nihuiles, un antecedente jurídico casi idéntico al que ahora invocó el Gobierno de Milei. En aquel momento, con Mauricio Macri como presidente, La Pampa reaccionó con una estrategia distinta a la de ahora: en lugar de esperar a que el decreto se publicara para después judicializarlo, el entonces secretario de Recursos Hídricos pampeano, Javier Schlegel, le envió una nota formal al Presidente pidiéndole que no lo firmara, con el argumento de que dictar esa norma mientras el litigio por el Atuel seguía abierto en la Corte sentaría un precedente perjudicial para la posición pampeana. La maniobra funcionó: aquel decreto nunca se firmó, y el statu quo de 1973 se sostuvo otra década más.

Esa gestión preventiva no fue replicada esta vez, o al menos no con el mismo resultado: el Decreto 982/2026 se publicó igual, sin que trascendiera una negociación previa entre La Pampa y la Casa Rosada. Eso deja a la provincia en una posición más débil que en 2016: ya no se trata de evitar que la norma exista, sino de revertir una decisión ya tomada, un terreno judicial mucho más cuesta arriba que el de la simple persuasión política.

El otro frente abierto: la Corte y el caudal del Atuel

La respuesta de Ziliotto no puede leerse de manera aislada de la relación —ya deteriorada— que mantiene con la Corte Suprema por la disputa histórica del río Atuel, que es jurídicamente distinta a la de las regalías hidroeléctricas pero que corre en paralelo y alimenta el mismo relato político. En 2020, el máximo tribunal falló a favor de La Pampa y ordenó garantizar un caudal ecológico mínimo del río hacia territorio pampeano, un fallo que, según sostiene reiteradamente el propio Ziliotto, Mendoza no cumple en la práctica y que la propia Corte no logró hacer efectivo. El gobernador llegó a calificar la actuación del tribunal en ese expediente como "un fallo tan arbitrario como político", en referencia a las demoras para forzar su cumplimiento.

Ese reclamo sigue vivo: apenas unas semanas atrás, el ministro de Seguridad y Justicia de La Pampa, Horacio Di Nápoli, volvió a plantear el tema durante una reunión del Consejo de Seguridad Interior realizada en la propia Mendoza, invocando el fallo de 2020 ante autoridades nacionales y provinciales. La superposición de ambos frentes —el histórico por el caudal del río y el nuevo por las regalías hidroeléctricas— es, para la estrategia discursiva de Ziliotto, funcional: le permite presentar el decreto de Los Nihuiles no como un hecho aislado sino como un nuevo capítulo de un mismo despojo, la fórmula que usó explícitamente en su tuit al vincular "el río que nos robaron" con "las regalías que ahora nos quitan".

Qué puede hacer La Pampa a partir de ahora

Con el decreto ya firmado y en vigencia desde el mismo viernes de su publicación, las opciones de La Pampa se concentran en dos vías, no necesariamente excluyentes. La primera es sumar, dentro de la causa donde ya fue incorporada como parte por orden de la Corte, un planteo específico contra la validez del propio Decreto 982/2026, además de disputar el reclamo retroactivo que originalmente motorizó Mendoza. La segunda es iniciar una acción judicial autónoma contra la norma, por la vía administrativa que Nación dejó abierta al no impugnar formalmente el derecho de la provincia a litigar sobre los efectos futuros del cambio de régimen.

Cualquiera de esas dos vías enfrenta un obstáculo de fondo que la propia Nación ya utilizó como argumento central del decreto: el criterio de que las regalías hidroeléctricas corresponden a la jurisdicción donde se ubica la fuente de generación —y no al carácter interprovincial del curso de agua— cuenta con el respaldo de fallos de la Corte Suprema de 2003 y 2009, además de dos dictámenes de la Procuración del Tesoro en el mismo sentido. Revertir ese criterio jurisprudencial consolidado exigiría de La Pampa un esfuerzo litigioso mayor que el que le bastó en 2016 para frenar administrativamente un intento similar.

Mientras tanto, la pelea seguirá librándose, como viene ocurriendo hace más de cincuenta años, en un terreno donde se entrecruzan el derecho hídrico interprovincial, la política de coparticipación de recursos energéticos y la relación —cada vez más tensa— entre el gobernador pampeano y el poder central. Con la nueva concesión de Los Nihuiles ya en marcha y el futuro operador obligado a liquidarle a Mendoza la totalidad del 12% de regalías desde ya, cada mes que pase sin una definición judicial es, en los hechos, un mes más en el que La Pampa deja de percibir un ingreso que reclamó como propio durante más de medio siglo.