El Gobierno cambia las reglas para las inversiones mineras y crea un nuevo registro para empresas y proyectos

La Secretaría de Minería creó el Registro de Inversiones Mineras, que simplifica trámites, aumenta la trazabilidad y compatibiliza beneficios con el RIGI.

mineria datos

El Gobierno dio un nuevo paso en el reordenamiento de las normas que regulan las inversiones mineras. La Secretaría de Minería aprobó un nuevo esquema de procedimientos para empresas y prestadores de servicios y creó formalmente el Registro de Inversiones Mineras (RIM), que concentrará la información de los beneficiarios y de cada uno de los proyectos incorporados al régimen.

La modificación quedó establecida mediante la Resolución 68/2026, firmada por el secretario de Minería, Luis Lucero, y publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La medida reglamenta aspectos del Decreto 482/2026 de junio pasado, que había reformulado la reglamentación de la histórica Ley 24.196 de Inversiones Mineras.

La intención oficial es reemplazar procedimientos acumulados durante décadas por un sistema digital que permita seguir con mayor precisión quién recibe los beneficios y a qué emprendimiento corresponden.

Un DNI para cada proyecto minero

El principal cambio operativo es la puesta en marcha del RIM. Las empresas y prestadores de servicios quedarán identificados mediante su CUIT, mientras que cada proyecto minero recibirá un código único de identificación.

De esta manera, los beneficios dejarán de estar vinculados solamente con la empresa para contar también con una trazabilidad específica por proyecto. La Secretaría de Minería sostiene que el nuevo mecanismo permitirá mejorar el seguimiento, la fiscalización y el control de las inversiones acogidas al régimen.

Todos los trámites relacionados con la Ley de Inversiones Mineras deberán realizarse mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Si una presentación contiene información incompleta, la autoridad podrá intimar al interesado para subsanarla en un plazo de diez días hábiles administrativos. Los prestadores de servicios mineros, además, deberán constituir un domicilio legal electrónico.

Energía, minería, tecnología y alimentos fueron los sectores que concitaron mayor interés de los inversores en la primera parte del año.

Energía, minería, tecnología y alimentos fueron los sectores que concitaron mayor interés de los inversores en la primera parte del año.

El puente entre la Ley Minera y el RIGI

Otro punto central es la articulación con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). La reforma contempla específicamente qué ocurre cuando un proyecto que ya se encuentra dentro de la Ley 24.196 decide posteriormente solicitar su adhesión al RIGI.

La cuestión no es menor porque varios de los mayores desarrollos mineros previstos para los próximos años buscan combinar los beneficios históricos de la legislación sectorial con las ventajas incorporadas por el régimen para grandes inversiones.

La Resolución 68 establece procedimientos para preservar la continuidad registral cuando resulte necesario tramitar una CUIT especial para los Vehículos de Proyecto Único (VPU) exigidos por el RIGI. El objetivo es evitar que el cambio de estructura jurídica genere una ruptura administrativa respecto de un proyecto que ya estaba registrado.

Una reforma que había comenzado en junio

La medida completa parte del camino abierto con el Decreto 482/2026, que sustituyó la reglamentación de la Ley 24.196 vigente desde 1993. Entre otros cambios, aquel decreto simplificó procedimientos de importación, incorporó el domicilio electrónico, amplió hasta 500 kilómetros el radio considerado para la integración regional y redefinió distintas obligaciones de información de los proyectos.

También introdujo una precisión relevante sobre uno de los principales beneficios que ofrece la legislación minera: la estabilidad fiscal por 30 años. La nueva reglamentación determinó que la protección comienza desde la presentación del estudio de factibilidad —o de la información complementaria que permita aprobarlo— y que el certificado tiene carácter declarativo.

En paralelo, el Gobierno avanzó junto con ARCA en la digitalización de la devolución del crédito fiscal del IVA correspondiente a la exploración minera, trasladando las solicitudes al Sistema Integral de Recupero (SIR) y dejando atrás el circuito en papel que funcionaba desde 2004.

Menos trámites, pero también mayor control

El nuevo esquema combina así dos objetivos. Por un lado, reducir tiempos y cargas administrativas para compañías y proveedores. Por otro, aumentar el nivel de información disponible para seguir individualmente la evolución de cada proyecto y verificar el cumplimiento de las condiciones necesarias para conservar los beneficios fiscales.

El cambio llega además en momentos en que la minería concentra buena parte de las grandes inversiones proyectadas para la próxima década y varios emprendimientos de cobre y litio avanzan simultáneamente bajo la Ley de Inversiones Mineras y el RIGI.

Con el nuevo registro, el Gobierno busca ordenar esa convivencia: una empresa identificada por CUIT, cada proyecto con su propio código y un mecanismo específico para seguirlo durante toda su vida dentro de los regímenes promocionales.

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