RIGI: actualizan el criterio de largo plazo para proyectos mineros, energéticos e industriales
El ajuste al RIGI fue definido a partir de informes técnicos y será aplicable a todas las actividades alcanzadas
El Gobierno nacional introdujo cambios en uno de los parámetros centrales del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), al actualizar el criterio utilizado para determinar cuándo un proyecto es considerado de largo plazo.
La medida fue oficializada mediante la resolución 484/2026 del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial, y establece un nuevo umbral para el cociente financiero que forma parte de la evaluación de los proyectos .
El cambio principal consiste en la elevación del umbral del cociente financiero del 30% al 35%. Este indicador compara el valor presente del flujo neto de caja esperado -sin considerar inversiones- durante los primeros tres años, con el valor presente de las inversiones de capital proyectadas en ese mismo período. A partir de esta modificación, se redefine el límite utilizado para clasificar a un proyecto como de largo plazo dentro del régimen.
Fundamentos técnicos del ajuste
Según se detalla en la norma, la modificación surge a partir de informes técnicos elaborados por distintas áreas del Ministerio de Economía. Estos informes señalaron que el umbral anterior podía no reflejar correctamente la estructura económica y financiera de ciertos proyectos, lo que motivó la revisión del parámetro.
El ajuste contempla a los sectores alcanzados por el RIGI, entre ellos energía, minería e industria. En el caso del sector energético, la Secretaría de Energía indicó que los desarrollos hidrocarburíferos presentan esquemas de recuperación inicial más rápida, pero requieren reinversión constante en ciclos que pueden extenderse entre 20 y 35 años .
Posición de las áreas técnicas
Desde la Subsecretaría de Energía Eléctrica se indicó que el ajuste no altera la naturaleza de los proyectos de infraestructura energética. Por su parte, la Secretaría de Minería señaló que la modificación no impacta en la lógica de inversiones del sector .
En tanto, desde la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa se indicó que el cambio resulta neutro para actividades como la siderurgia.
El Ejecutivo precisó que el ajuste busca optimizar la operatividad del RIGI y mejorar su adecuación a la realidad productiva, sin modificar el objetivo central del régimen de atraer inversiones de gran escala. La nueva definición rige desde su publicación en el Boletín Oficial y será aplicable a todos los sectores alcanzados por el régimen.
