Asignaciones familiares para monotributistas de ANSES: cuánto cobrás según tu categoría
ANSES actualizó 2,11% los montos desde septiembre, pero el beneficio cambia radicalmente entre las categorías A a H y las I, J y K.
Monotributo - Pasos a seguir luego del alta
ARCASer monotributista en la Argentina no garantiza el mismo paquete de derechos para todos los inscriptos. Uno de los puntos donde esa diferencia se vuelve más concreta es el de las asignaciones familiares que administra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), un beneficio que existe para buena parte de los pequeños contribuyentes pero que varía —y en algunos casos desaparece— según la categoría en la que cada uno esté inscripto ante ARCA.
La actualización más reciente llegó a través de la Resolución 260/2026, publicada el 1° de septiembre en el Boletín Oficial, que fijó una suba del 2,11% para los montos y los límites de ingresos de todas las asignaciones familiares alcanzadas por la Ley 24.714, incluidas las que corresponden al régimen de monotributo. El ajuste, calculado según la fórmula de movilidad vigente, elevó tanto los importes que cobra cada categoría como el tope de ingresos que determina si una persona queda dentro o fuera del sistema.
Lo que distingue al esquema de monotributistas de otros regímenes de asignaciones es que la categoría de inscripción no solo define cuánto se paga de impuesto integrado y de aporte jubilatorio, sino también qué prestaciones familiares están disponibles. No es un detalle menor para quienes tienen hijos a cargo: entre la categoría más baja y las más altas puede haber una diferencia de varios cientos de miles de pesos anuales solo en concepto de asignaciones, además de un cambio en el tipo de beneficio al que se accede.
Qué cobran las categorías A a H
Los monotributistas inscriptos en las categorías A, B, C, D, E, F, G y H tienen derecho a un conjunto más amplio de prestaciones: la Asignación por Prenatal, la Asignación por Hijo o Hijo con Discapacidad, y la Ayuda Escolar Anual. Con los valores vigentes desde septiembre, la Asignación por Hijo y la correspondiente al período prenatal quedaron en $77.025 para la categoría A, $51.958 para la B, $31.427 para la C, y $16.217 para las categorías D, E, F, G y H, que comparten un mismo monto.
La lógica detrás de esa escala descendente es la misma que rige para el resto del sistema de asignaciones familiares: a medida que sube la categoría de monotributo —y con ella, presuntamente, el nivel de ingresos del contribuyente— el monto de la asignación baja, hasta directamente desaparecer para quienes superan cierto umbral. La Ayuda Escolar Anual, fijada en $55.672 para septiembre, sigue una regla adicional: se genera el derecho a cobrarla cuando el titular percibió la Asignación por Hijo o Hijo con Discapacidad durante al menos un mes del año, y el beneficio alcanza a los hijos desde los 45 días de vida hasta el mes en que cumplen 18 años, siempre que se cumpla con la acreditación de escolaridad correspondiente.
Qué pasa con las categorías I, J y K
El panorama cambia por completo para los monotributistas de las categorías más altas. Quienes están inscriptos en I, J o K no perciben ni la Asignación por Prenatal ni la Asignación por Hijo común: su acceso queda limitado exclusivamente a la Asignación por Hijo con Discapacidad y a la Ayuda Escolar Anual vinculada a ese mismo beneficio. Para septiembre, el monto de la Asignación por Hijo con Discapacidad en estas categorías se ubicó en $111.970, una cifra sensiblemente más alta que la de las categorías inferiores, coherente con los mayores costos que suele implicar el cuidado de un hijo con discapacidad.
Un dato que distingue a esta prestación del resto del esquema es que no está sujeta a un tope de ingresos para determinar el derecho al beneficio, algo que tampoco aplica para la Ayuda Escolar vinculada a la discapacidad. En ambos casos, el requisito pasa por haber percibido la asignación correspondiente durante el año y cumplir con los requisitos educativos que exige ANSES, no por el nivel de facturación del monotributista.
Los topes de ingresos que pueden excluir del beneficio
Para las asignaciones que sí están sujetas a límites de ingresos —básicamente, las que corresponden a las categorías A a H— ANSES actualizó en septiembre el tope máximo individual a $3.157.449 y el Ingreso del Grupo Familiar máximo a $6.314.898. La forma en que se aplica ese límite tiene una particularidad que suele generar confusión entre los beneficiarios: cuando uno de los integrantes del grupo familiar supera el tope individual, ese grupo puede quedar excluido de las asignaciones alcanzadas por ese requisito, incluso si el ingreso total del hogar no supera el máximo general fijado para el conjunto familiar.
Esa doble vara —un límite individual y otro familiar, que no siempre se leen de la misma manera— explica buena parte de los reclamos que suelen recibir tanto ANSES como los contadores que asesoran a monotributistas, sobre todo en los casos donde una recategorización o un aumento puntual de ingresos deja a alguien fuera del sistema sin que la persona lo advierta hasta que deja de recibir el depósito.
Por qué los autónomos quedan afuera
Uno de los puntos que ANSES suele tener que aclarar es la diferencia entre el régimen de monotributo y el de trabajadores autónomos, dos figuras que a menudo se confunden pero que tienen un tratamiento previsional distinto. Quienes están inscriptos como autónomos o responsables inscriptos no perciben asignaciones familiares por el solo hecho de desarrollar esa actividad, independientemente de si tienen hijos a cargo. La diferencia no pasa por el tipo de actividad económica, sino por el régimen previsional y tributario bajo el cual está registrado cada trabajador: el monotributo contempla asignaciones familiares dentro de su esquema, mientras que el régimen general de autónomos no las incluye.
Esa distinción tiene consecuencias prácticas para quienes cambian de condición fiscal: una persona que pasa de monotributista a autónoma puede dejar de reunir las condiciones que antes le permitían cobrar las asignaciones correspondientes a su categoría anterior, aun cuando su situación familiar no haya cambiado en nada. En esos casos, ANSES evalúa cada situación según el régimen aplicable y los datos registrados del titular, sobre todo cuando existe otra actividad o vínculo laboral que sí genere derecho a alguna prestación.
Para consultar la situación propia, ANSES habilita el acceso a Mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social, desde donde se pueden revisar los datos personales y familiares registrados y controlar qué prestaciones figuran a nombre del titular. La plataforma también permite unificar el medio de cobro —habitualmente mediante la carga de un CBU— para todas las asignaciones y programas, y es el canal donde conviene verificar que los vínculos familiares estén correctamente cargados: si un hijo no figura en la base de ANSES, el organismo puede pedir documentación adicional antes de habilitar el pago.
Con una fórmula de movilidad que actualiza estos montos mes a mes y un régimen de monotributo que sigue siendo la puerta de entrada más usada por los trabajadores independientes del país, la brecha entre categorías —tanto en lo que se paga como en lo que se cobra— seguirá siendo uno de los puntos que más atención exige a la hora de decidir en qué escalón del monotributo inscribirse o permanecer.


