ver más

MinErgy

|

Cobre

Vicuña y la nueva ley chilena de desalinización: el esquema hídrico del proyecto argentino bajo nuevas reglas

La actividad minera ya operaba con agua de mar en múltiples faenas y ahora enfrenta un nuevo régimen de uso y transporte. ¿Afecta a Vicuña?

Chile avanzó en la consolidación de un marco regulatorio específico para el uso de agua de mar y su desalinización en un contexto en el que la minería ya lleva años utilizando este recurso como solución estructural. En la zona centro-norte del vecino país, el desarrollo de plantas desalinizadoras no surge a partir de la ley, sino que la precede: fue la propia expansión minera la que impulsó su adopción a gran escala, en paralelo a experiencias de abastecimiento urbano como la de ciudad de Antofagasta. La nueva normativa llega así sobre un sistema ya en funcionamiento, con decenas de instalaciones operativas, estableciendo condiciones, exigencias y criterios que ahora pasan a regir una actividad previamente desplegada.

En ese escenario, el proyecto Vicuña -una de las iniciativas cupríferas de mayor escala en desarrollo en la región- proyecta abastecerse mediante una planta desalinizadora que capture agua desde la costa chilena y un sistema de transporte de larga distancia hacia la cordillera. La convergencia entre ambos procesos introduce un nuevo frente técnico y jurídico para el desarrollo del esquema hídrico del proyecto. Mientras el joint venture de BHP y Lundin daba a conocer los alcances del PEA, en el vecino país cambiaba el status del agua desalinizada.

Un proyecto integrado y de escala

Vicuña surge de la integración de los yacimientos Josemaría y Filo del Sol en la Provincia de San Juan, con el objetivo de desarrollar una operación conjunta que combine recursos, infraestructura y logística en ambos lados de la cordillera.

El diseño contempla un desarrollo progresivo. En las primeras etapas, el abastecimiento hídrico se apoya en fuentes subterráneas, mientras que en la fase de expansión -prevista hacia el tramo medio de la vida útil del proyecto- se incorpora un sistema de desalinización como fuente principal de largo plazo.

Este esquema incluye una planta en la costa de Chile, un ducto de aproximadamente 365 kilómetros y estaciones de bombeo para transportar el recurso hasta el sitio de operación en alta cordillera, con una capacidad estimada en torno a los 2.000 litros por segundo.

La desalinización de agua aparece como una condición estructural para sostener la expansión productiva del proyecto en las próximas décadas.

planta desaladora candelaria lundin 3

La minería se adelantó a la regulación

El desarrollo de la desalinización en Chile tiene una trayectoria vinculada directamente a la minería. Frente a restricciones en el acceso a agua continental y mayores exigencias ambientales, las compañías incorporaron progresivamente el uso de agua de mar, primero de forma parcial y luego como componente central de sus operaciones.

Este proceso se consolidó especialmente en el norte del vecino país, donde hoy existen múltiples faenas que operan con agua desalinizada o combinaciones de fuentes, a partir de inversiones significativas en plantas y sistemas de impulsión desde la costa hacia zonas cordilleranas. En paralelo, el uso de agua desalinizada para consumo humano, como en Antofagasta, antecede este desarrollo, aunque su expansión masiva estuvo impulsada por la demanda minera.

La nueva legislación se inscribe sobre esa base: no introduce la desalinización como práctica, sino que la ordena bajo un marco institucional que fija condiciones para su uso, transporte y gestión.

El nuevo marco chileno para el agua de mar

La normativa establece que el agua de mar es un bien nacional de uso público y regula su extracción, desalinización, conducción y disposición final mediante concesiones otorgadas por el Estado. Además, crea servidumbres legales para la instalación de infraestructura, exige la definición de caudales y usos en las solicitudes y establece condiciones operativas para las plantas desalinizadoras.

Este esquema incorpora criterios de control y priorización, consolidando un régimen que ahora alcanza tanto a nuevos proyectos como a operaciones existentes, que deberán adecuarse a las nuevas exigencias.

Un punto de contacto directo con Vicuña

El diseño hídrico de Vicuña se alinea con varios de los elementos que ahora quedan formalmente regulados en Chile: captación de agua de mar, procesamiento en planta desalinizadora y transporte a gran escala hacia zonas de operación minera. En ese sentido, la nueva legislación no restringe el esquema planteado, pero sí define las condiciones bajo las cuales debe desarrollarse.

Esto implica que el abastecimiento mediante agua desalinizada deberá encuadrarse en un régimen concesional más estructurado, con requerimientos técnicos y administrativos específicos. Para el proyecto, esto abre un frente de trabajo adicional, en el que los equipos jurídicos y técnicos deberán avanzar en la obtención de permisos, definición de usos y adecuación del diseño a las exigencias vigentes.

planta desaladora candelaria lundin 2

El componente binacional

A esto se suma la dimensión transfronteriza del proyecto. Vicuña se apoya en el tratado de integración minera entre Argentina y Chile para el desarrollo de infraestructura y operación conjunta, lo que habilita la articulación de sistemas como el propuesto para el abastecimiento hídrico.

Sin embargo, mientras el tratado establece el marco general para la integración, la legislación chilena regula el uso del recurso dentro de su territorio. La combinación de ambos instrumentos no implica una incompatibilidad, pero sí requiere una coordinación específica en términos de concesiones, permisos y encuadre operativo, especialmente en un esquema donde el agua desalinizada producida en Chile se destinaría a una operación que se desarrolla en parte en Argentina.

El desarrollo del esquema hídrico de Vicuña se inserta así en un escenario donde Chile consolida su regulación sobre la desalación en un momento en que la minería ya ha incorporado este recurso como parte de su matriz operativa. La ley llega sobre un sistema en marcha, pero introduce nuevas condiciones que deberán ser consideradas en los proyectos en desarrollo.

En este contexto, el abastecimiento de agua deja de ser únicamente una definición técnica para convertirse también en un componente regulatorio que deberá ser gestionado en paralelo al avance del proyecto, en un marco donde convergen la escala industrial, la regulación hídrica y la integración binacional.

Nueve claves de la nueva ley chilena

1. El agua de mar es un bien nacional de uso público

La ley reafirma que el recurso pertenece al Estado y no puede ser objeto de propiedad privada, quedando su uso sujeto a regulación.

2. La desalación pasa a regirse por un sistema de concesiones

Toda iniciativa deberá contar con autorización estatal, que definirá condiciones de uso, volumen y operación.

3. Se regula toda la cadena del proceso

El marco abarca desde la captación de agua de mar hasta su desalinización, transporte y uso final, incorporando una visión integral del sistema.

4. Se habilita la conducción a gran escala

La normativa contempla expresamente el transporte de agua desalinizada mediante ductos, permitiendo su traslado desde la costa hacia zonas interiores.

5. Se crean servidumbres para infraestructura

Se establece una figura legal que facilita la instalación de tuberías y sistemas de transporte, incluso atravesando terrenos de terceros.

6. Se exige definir el destino del agua

Los proyectos deberán especificar el uso del recurso —industrial, sanitario u otros— como parte del proceso de autorización.

7. Se introduce prioridad para consumo humano

La ley contempla la posibilidad de destinar un porcentaje de la producción de agua desalinizada al abastecimiento de población.

8. Se refuerza el control técnico del Estado

La aprobación de proyectos incluye evaluaciones técnicas y la intervención de organismos especializados.

9. También alcanza a operaciones en funcionamiento

Las instalaciones existentes deberán adecuarse al nuevo marco regulatorio, ajustando permisos y condiciones operativas.