Chile frena un proyecto de una minera por US$3.200 millones con infraestructura desarrollada por Techint
El Segundo Tribunal Ambiental de Chile frenó la expansión en mina Collahuasi, la quinta mayor productora de cobre del mundo.
Collahuasi.cl
Collahuasi.clEl freno judicial a un ampliación del proyecto minero Doña Inés de Collahuasi en Chile puso bajo la lupa parte de la infraestructura desarrollada por la argentina Techint Ingeniería y Construcción para una de las mayores operaciones cupríferas del mundo. El Segundo Tribunal Ambiental chileno anuló la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto C20+, una expansión valuada en más de US$3.200 millones que busca extender por 20 años la continuidad operacional de la quinta mayor productora de cobre a nivel global.
La decisión judicial obliga al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) a retrotraer parcialmente el proceso y rehacer parte del análisis vinculado al componente humano indígena y al medio marino. El fallo impacta sobre una iniciativa que ya tiene gran parte de sus obras ejecutadas y donde Techint tuvo participación directa en el desarrollo del sistema de impulsión de agua desalinizada desde la costa chilena hasta la operación minera ubicada a más de 4.400 metros sobre el nivel del mar.
El proyecto “Desarrollo de Infraestructura y Mejoramiento de Capacidad Productiva de Collahuasi” contempla elevar el procesamiento de minerales sulfurados desde 170 mil a 210 mil toneladas por día e incorporar una planta desaladora en Puerto Collahuasi para reducir el uso de agua continental.
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La expansión apunta a asegurar continuidad operacional por dos décadas para una de las operaciones cupríferas más importantes del planeta. El proyecto se transformó además en una de las mayores inversiones mineras en ejecución en Chile y una de las principales apuestas de infraestructura minera vinculadas a desalación y transporte hídrico en altura.
La participación de Techint
Dentro de esa expansión, Techint desarrolló una de las obras de infraestructura más relevantes del proyecto: un sistema de impulsión de aproximadamente 195 kilómetros entre Puerto Patache y Ujina, integrado por cinco estaciones de bombeo, seis estaciones de drenaje y una estación de transferencia de 49.000 metros cúbicos. Según la propia compañía, el sistema permitirá impulsar hasta 1.100 litros por segundo desde la costa hasta la cordillera chilena.
En abril de este año, Techint había informado la finalización del sistema de impulsión de agua para Collahuasi, destacándolo como una infraestructura clave para asegurar continuidad operacional por las próximas dos décadas.
Hasta el momento, Techint no aparece mencionada como parte reclamada dentro de la sentencia, ya que el proceso judicial apunta sobre la evaluación ambiental del proyecto liderado por Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi y las decisiones adoptadas por la autoridad ambiental chilena.
Por qué se cuestionó el proyecto
La sentencia no cuestiona la ingeniería ni la construcción ejecutada por Techint, pero sí parte de la evaluación ambiental asociada a la infraestructura hídrica y costera vinculada al proyecto C20+. Entre los puntos observados aparecen la captación de agua de mar, la descarga hipersalina de la desaladora, el monitoreo ambiental marino y el análisis sobre el uso del maritorio por comunidades indígenas y pescadores.
El tribunal concluyó que la autoridad ambiental no fundamentó adecuadamente ciertas observaciones formuladas durante la participación ciudadana y sostuvo que existían vacíos en la caracterización de comunidades indígenas potencialmente afectadas. También ordenó revisar nuevamente aspectos técnicos asociados al comportamiento de la descarga salina y al plan de vigilancia ambiental de la planta desaladora.
El fallo también remarcó diferencias entre participación ciudadana y consulta indígena, señalando que el proceso de participación desarrollado durante la evaluación no reemplaza eventuales obligaciones de consulta indígena cuando existe posible afectación directa sobre comunidades originarias.
Otro de los puntos observados fue el monitoreo ambiental previsto para la desaladora. Según el tribunal, el sistema de vigilancia cubría solamente los primeros cinco años de operación, mientras que la plena capacidad operacional de la planta recién comenzaría desde el octavo año.
Qué acciones evalúa Collahuasi
Collahuasi informó que evalúa las acciones legales a seguir tras la resolución del Segundo Tribunal Ambiental y defendió que la tramitación ambiental del proyecto se desarrolló conforme a la normativa vigente y bajo la institucionalidad ambiental chilena.
La compañía sostuvo además que el criterio aplicado durante la evaluación ya había sido ratificado previamente por el Comité de Ministros chileno en agosto de 2023, cuando rechazó las reclamaciones presentadas por las mismas comunidades que posteriormente obtuvieron un fallo favorable en el tribunal ambiental.
En paralelo, el fallo obliga al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) a retrotraer parcialmente el procedimiento y elaborar un nuevo Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones (ICSARA), incorporando nuevamente observaciones vinculadas a comunidades indígenas, uso del maritorio e impactos asociados a la desaladora.
Entre las medidas ordenadas por el tribunal aparece también la realización de nuevas reuniones contempladas en el artículo 86 del Reglamento del SEIA para determinar si corresponde abrir un proceso formal de consulta indígena.
El nuevo análisis deberá abordar específicamente la línea de base del medio humano, el uso del maritorio en Punta Patache y Puerto Collahuasi, la descarga hipersalina, la velocidad de captación de agua de mar y el alcance del monitoreo ambiental de la planta desaladora.
Infraestructura ya construida
Uno de los elementos más sensibles del caso es que gran parte del proyecto ya fue construida. Collahuasi informó que la iniciativa acumula inversiones por aproximadamente US$3.200 millones y que la planta desaladora se encuentra en etapa final de construcción.
El fallo no implica desmantelar las obras ya ejecutadas ni reiniciar completamente el proyecto. La resolución mantiene vigentes aquellos aspectos de la evaluación ambiental que no fueron cuestionados y exige elaborar un nuevo Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones (ICSARA) para abordar los puntos observados por el tribunal.
