"La Ley de Glaciares asume el rol hídrico de cuerpos de hielo sin criterios técnicos definidos"
El científico Silvio Pastore (UNSJ) aporta una mirada técnica sobre rol hídrico de los cuerpos de hielo en medio del inicio del debate por la Ley de Glaciares.
Definir el rol hídrico de los glaciares de escombros, la clave del debate.
CAEMCon el tratamiento de la Ley de Glaciares en el Senado, el debate sobre el rol hídrico de los cuerpos de hielo volvió a ocupar el centro de la agenda minera y ambiental argentina. Mientras el foco público se posa sobre posibles cambios regulatorios y advertencias cruzadas entre distintos sectores, en el plano técnico persiste una discusión menos visible pero decisiva: cómo se definen científicamente los glaciares, qué diferencia existe entre los ambientes glaciares y periglaciales y quién debe determinar qué constituye realmente una reserva hídrica estratégica en cada territorio.
En ese contexto, conversamos con Silvio Pastore, profesor del Departamento de Geología de la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ), director del Gabinete de Geocriología, Glaciología, Nivología y Cambio Climático y presidente del Subcomité de Ciencias de la Crioesfera de la CNUGGI Argentina. Con más de dos décadas de trabajo en investigación sobre ambientes fríos de montaña, el especialista analiza los alcances técnicos del proyecto que ya cuenta con despacho favorable, las falencias metodológicas que observa en la ley vigente y el escenario que podría abrirse si las provincias recuperan un rol más activo en la definición del alcance de la normativa.
-¿Por qué hay tanta dificultad, o parece ser que es así, para definir un criterio técnico científico único respecto a lo que son los glaciares y todas sus formas?
-Bueno, en realidad no creo que haya tantas versiones de las definiciones científicas sobre los cuerpos de hielo con hielo. Lo que sí hay es que cuando comparamos las definiciones del hemisferio norte, sobre todo de habla inglesa, con las del hemisferio sur, que es la habla hispana, el español es mucho más rico que el inglés, entonces tenemos mejores posibilidades. Entendemos que nuestras definiciones son mucho más ricas porque el idioma sí nos permite. Entonces, frente a un idioma tan estructurado como el inglés, nosotros preferimos definiciones en español, que son más ricas y nos permiten definir bien el objetivo. Por supuesto que hay más de una, pero todas conversan entre sí, así que no creo que el problema esté ahí. A lo mejor sí está el problema, creo, cuando la ley incluye un ambiente, no una geoforma o un objeto a proteger, sino incluye un ambiente, que es el ambiente del glaciar. Ahí es donde radica para mí el mayor de los problemas. O sea, la ley confunde. La ley trata al glaciar descubierto, o sea, los cuerpos de hielo, la parte blanca, la más fácil de reconocer, como si fueran iguales que las geoformas, lo que conocemos como glaciares de escombro. La verdad es que no tienen nada que ver, porque la génesis es distinta, y la metodología de estudio es distinta, y el rol hídrico es distinto. Entonces, no tienen nada que ver uno con otro, y la ley, al tratarlos de igual manera, genera confusión.
-El rol hídrico del glaciar de escombros, por ejemplo, ¿en qué se diferencia con el del glaciar más conocido, el que vemos todos?
-El ambiente glacial, o sea, los glaciares blancos, hace más de 100 años que se vienen estudiando, tenemos un conocimiento muy avanzado de cómo estudiarlos, lo que se llama balance, dos tipos de balance: uno que es de masa, o sea, cuánta nieve recibe, que sería la carga, lo que le entra al glaciar en otoño y hacia el invierno. En la primavera-verano cuánto pierde, cuánto se derrite. Entonces, ahí hacemos un balance, y las diferencias, que en este caso, en los últimos siglos son negativas; o sea, están perdiendo masa, lo atribuimos, o lo asumimos, que es lo que aporta el sistema. Así que la parte blanca la tenemos muy estudiada y muy consensuada. Distinto al glaciar de escombros, que al día de la fecha lo seguimos discutiendo cómo estudiarlo, porque no se pueden aplicar estos sistemas de balance de masa o de energía, que no te hablé: balance energético, cuánta energía recibe estos cuerpos de hielo, cuánto refleja, cuánto absorbe. En los glaciares de escombros, esa metodología no funciona; tenemos que aplicar leyes termodinámicas para entender cómo el calor se penetra en la capa activa y llega a la parte donde hay hielo en el suelo, y al día de la fecha estamos mejorando el entendimiento de cómo funciona. Y los únicos dos glaciares de escombros estudiados y instrumentados, en su máxima expresión, se encuentran en la provincia de San Juan. No participó ninguno de los dos de IANIGLA; lo hizo la Universidad de San Juan. Uno está en la cuenca de San Juan, que los estudios ya están, está el primer informe entregado, y el otro está en la cuenca de Siohachan, que está en proceso de investigación. En estos glaciares lo hemos perforado, hemos obtenido muestras de hielo, hemos datado, hemos mandado a datar el hielo, hemos instrumentado las perforaciones para conocer la cantidad de agua que entregan, la deformación del hielo, la temperatura, y estamos recopilando datos para poder entender cuáles son los roles, científicamente hablando, de estos cuerpos en los sistemas hídricos.
-¿Hoy no hay un criterio uniforme respecto al rol hídrico que tienen?
-Metodológicamente, científicamente hablando, sabemos cómo hacerlo; lo que sucede, la falencia, se encuentra en la ley. La ley, desde la ciencia, entendiendo que los inventarios son la herramienta, ningún ejecutor de inventarios -ni IANIGLA ni nosotros, ni la Universidad Nacional de San Juan- somos autoridad de aplicación, sino que somos el brazo técnico que elabora la herramienta para la toma de decisiones; somos inventarios. Ninguno podemos asumir, resolver o definir lo que la ley no hace, lo que la ley no dice. Y desde el punto de vista metodológico es importante, para realizar un estudio científico, saber el quién, el cómo, el cuándo, el dónde, esas preguntas básicas que tenemos que responder en un estudio. Entonces, respecto a la reserva hídrica estratégica que menciona la ley, ni la ley ni el ejecutor de los inventarios dice quién la tiene que definir, cómo definirla, cuándo definirla y en dónde se define. Entonces, ninguna de las preguntas técnicas que nosotros necesitamos para llevar adelante el estudio están resueltas en la ley. Y lo que la ley no dice, nosotros no podemos decirlo. O sea, sólo el Poder Legislativo o el Poder Ejecutivo, a través de un decreto, lo puede resolver, no nosotros.
-En el fondo, cuando la ley defina ese tema, ahí se van a tener que empezar estudios particulares en cada uno de estos glaciares, por ejemplo, en Mendoza y en San Juan. Estudiar, científicamente, qué rol hídrico tienen. No asumirlo de hecho. Hoy la ley asume que todos tienen un rol hídrico.
-Esa es la referencia de la ley. Asume que todos los glaciares son objetos de protección sin conocer cuál es su rol hídrico. Lo asume porque está con base en un principio precautorio. Lo que también dice el principio precautorio es que la prohibición, en este caso, de la actividad, rige hasta y en cuanto la ciencia aporta certeza científica. O sea, si podemos realizar estudios que demuestren que sí tiene o que no tiene, en el caso que no tenga una significancia hídrica, una vez resuelto qué es significancia hídrica, bueno, entonces ese objeto territorial puede ser extraído del inventario. Y al revés también: cuerpos que no estén inventariados y que se demuestre que existen y que tienen una significancia hídrica deberán ser incluidos en el inventario. O sea, los dos casos son posibles. Lo que estamos diciendo no es que se busca cambiar la ley para que se pueda hacer cualquier cosa, sino para que se estudie directamente cada caso y se defina cuál tiene el valor hídrico y cuál no. No estamos hablando de otra cosa.
-Lo que estamos diciendo no es que se busca cambiar la ley para que se pueda hacer cualquier cosa, sino para que se estudie directamente cada caso y se defina cuál tiene el valor hídrico y cuál no.
-Claro, lo que nosotros entendemos de la modificación de la ley es que tiene dos hitos muy importantes. Devuelve a los estados provinciales la responsabilidad de normar o legislar, como conocedores del territorio, qué es una reserva hídrica estratégica para cada estado. No es lo mismo la situación de Jujuy que la de La Rioja, que la de Mendoza, que la de Santa Cruz. Santa Cruz concentra el 60% del área de los glaciares descubiertos, los campos de hielo. Nada de esa agua se aprovecha; va toda directamente al océano Atlántico. Y el rol más importante, a nuestro entender, de esos campos de hielo en este estado actual de degradación es que está cambiando, o puede cambiar, el límite internacional con Chile. Porque en esa zona el límite no está -si bien tenemos un acuerdo de división internacional- claramente delimitado; al estar cubierto con este casquete de nieve, de hielo, es imposible definirlo con precisión. No se puede asumir que la corriente superficial del hielo sea igual que la subterránea. Entonces, cuando estos cuerpos se están achicando, se están degradando, como está pasando actualmente, tenemos que estar atentos a la demarcación del límite, porque puede pasar que perdamos territorio, pero también que ganemos territorio. Yo me inclino, por lo que observo, que vamos a ganar territorio. La frontera en ese sector se va a correr hacia el océano Pacífico.
-O sea que tiene toda una implicancia que no estamos considerando tampoco.
-Exacto, eso es una estrategia de un Estado nacional respecto de su límite internacional y defensa de su territorio. Distinta a la situación en Mendoza: Mendoza concentra el 20% de áreas glaciales de toda la República en la parte continental y tiene cinco ríos de importancia, cuya sumatoria de caudales es muy superior a lo que puede ser en San Juan, en La Rioja, en Jujuy o en Salta. Hacia el norte tenemos actividades socioeconómicas, tenemos pueblos andinos viviendo aguas abajo de estas geoformas. Son pocos, pero tenemos población viviendo ahí. Desde San Juan hacia el sur no tenemos los pueblos andinos. Entonces, la implicancia socioeconómica también es distinta. Por eso resaltamos la importancia de que sean quienes conocen el territorio los que definan la significancia hídrica. Y no hay nadie mejor que los pobladores de los territorios para resolver esto. Entonces, que vuelva, en esta modificación, la responsabilidad a los Estados provinciales es algo que nosotros celebramos.
-Y en el caso de la investigación que han hecho ustedes con los glaciares de escombros en San Juan, ¿tienen una importancia hídrica o todavía no se puede determinar por completo?
-Vuelvo a repetirte: no quisiera generalizar porque son casos particulares. Va a depender de cada cuenca, de cada provincia. Entonces, no quisiera generalizar. Sí podemos determinar el contenido del hielo que tienen estas geoformas. Estoy hablando de los glaciares de escombros, principalmente, que es donde más incertidumbre tenemos sobre el aspecto hídrico. Si hablamos del ambiente glacial, no creo que exista actividad que esté pensando en impactar estos ambientes, porque a pesar de que se están reduciendo aceleradamente -que hayan pasado de un pico de contribución hídrica- ya están en un estado casi terminal, siguen siendo fuente genuina de agua en nuestros ríos. La discusión está en los glaciares de escombros, porque en la muestra de hielo que tenemos datada, en el glaciar de escombros estudiado en la cuenca del río San Juan, arroja una antigüedad de 4.700 años. O sea, hace 4.700 años que ese hielo está ahí presente; entonces no está contribuyendo activamente al sistema hídrico. Entonces, cada caso en particular tiene que ser estudiado y ponderado en función del territorio donde se encuentra y de la actividad socioeconómica de ese territorio.
-Y una explicación simple de lo que es un glaciar de escombros, ¿cómo sería para el público en general?
-Es un cuerpo con hielo, o sea, es una geoforma que mezcla detritos con hielo. Para hablar así en forma promedio en general, tienen entre un 55% y un 60% de contenido de hielo. O sea, son mezcla de detritos con hielo intersticial o hielo masivo en su interior. Y se comportan en función de una relación con las leyes termodinámicas, porque fueron formados en un clima pasado más frío que el actual. Entonces, este cuerpo está tratando de lograr un equilibrio entre la temperatura fría que tiene en su interior y la temperatura hoy más cálida. Y muchos de ellos se están degradando. Y eso es lo que tratamos de estudiar. Y en función de la degradación es el aporte que va a entregar al río. Pero tenemos que entender que es como si una persona se estuviera desangrando. Este cuerpo entrega caudales al recurso hídrico porque se está derritiendo, se está muriendo, va a desaparecer. Le llamamos que se va a transformar en un cuerpo fósil. Y eso es lo que está sucediendo en el planeta, porque estamos en un estadio final de un período de desglaciación. O sea, las presiones del cuerpo de hielo están llegando a su límite inferior, a lo que se le sobrepone el aumento de la temperatura media del aire por actividades humanas. Entonces, son dos fenómenos que están degradando rápidamente nuestras reservas de agua en estado sólido.
-En Chile no tiene ley de glaciares, pero el Consejo Minero plantea que no se puede señalar que, por el solo hecho de prohibir una actividad, se protege un glaciar.
-Claro. Ahí toca un tema que es semántico e importante para nosotros, porque la ley actual de protección del glaciar. Hay que preguntarse de qué los protege: ¿del cambio del clima o del clima actual? No, se están desintegrando a tasas alarmantes. En San Juan, en la cuenca hacia el río San Juan, entre el año 2020 y 2025 perdimos el 27% del área del ambiente glacial. O sea, la ley no los ha protegido, no los pudo proteger, porque no se puede proteger del clima. Es como si pudiésemos sacar una ley en la época de la cuarentena, durante la pandemia, que prohibiera el ingreso del COVID a la República Argentina. Entonces lo prohibimos por ley y nos quedamos todos tranquilos. Es absurdo lo que estoy diciendo, pero explica bien lo que está pasando. La ley no los protege del clima. ¿De qué los protege? Solo pretende protegerlos de ciertas actividades, como la minera o la petrolera. Pero yo puedo hacer obras civiles, túneles, caminos, ductos.
-¿De qué forma, entonces, podríamos proteger a los glaciares o evitar ese derretimiento?
-Sí existen formas. Tenemos que recurrir a lo que llamábamos indicadores ambientales. Tenemos que disminuir la huella hídrica o la huella de carbono que cada uno de los ciudadanos genera a nivel planetario. Un semáforo en una avenida en la provincia de Buenos Aires que no esté sincronizado y provoca que los autos estén mucho tiempo detenidos con el motor en marcha también afecta a los glaciares, porque estamos emitiendo gases de efecto invernadero. Entonces, si queremos disminuir este cambio, no lo podemos hacer localmente; lo tenemos que hacer en forma planetaria, porque Argentina no produce ni el 0,5% de los gases de efecto invernadero mundiales. No movemos la aguja, pero recibimos el impacto de la quema del resto del planeta. Entonces tenemos que hacerlo en forma global y disminuir nuestras huellas hídricas y de carbono. Así vamos a proteger los glaciares.
-¿Y el permafrost qué papel juega?
-Para mí es el tema más importante a resolver en una posible modificación de la ley, porque la ley confunde al tratar igual a un glaciar descubierto que a un glaciar de escombros e incluye el ambiente periglacial como si fuera un glaciar, cuando no lo es. En muchos casos su significancia hídrica es estéril, porque tenemos permafrost seco o en roca, que no tiene permeabilidad o tiene muy poca porosidad, o sea, no hay agua en estado sólido. Sin embargo, protege áreas enormes como si fueran reservas hídricas estratégicas. Ese es otro de los errores graves de la ley actual.
-¿Es tan complicado establecer un criterio científico único o dependerá de las provincias?
-Si la modificación es la que salió con despacho en el Senado, serán las provincias, como conocedoras de su territorio, las que definan qué significancia hídrica quieren proteger. Porque no es lo mismo Jujuy que Salta, que San Juan, que Mendoza o Santa Cruz. Cada provincia, como dueña de sus recursos, tendrá que definir cuál es el objeto a proteger. Desde el punto de vista científico, la universidad es un universo de pensamiento. Vas a encontrar mi opinión y también otras distintas, porque de eso se trata la ciencia: discutir y disminuir la incertidumbre. Es la ciencia la que debe resolver el rol hídrico y son las provincias las que deben decidir qué proteger.
-Entonces la modificación de la ley es sólo un punto de partida.
-Exactamente. Va a haber muchas tareas para los estados provinciales. San Juan es la única provincia que tiene su inventario socializado y actualizado; el resto no tiene nada. Cada provincia va a tener que conformar equipos técnicos y una autoridad de aplicación. Se viene un trabajo arduo si esto avanza.
-Todavía falta mucha discusión por delante.
-Recién va a iniciar. El espíritu de la modificación no cambia el objeto de protección. No libera todo como algunos dicen. Lo único que plantea es devolver a las provincias la responsabilidad de definir sobre sus recursos naturales y acercar la ciencia a la comunidad bajo el principio precautorio.
-También implica una mirada más federal.
-Para mí es fantástico. Las provincias son dueñas de sus recursos. Yo llevo más de 20 años trabajando en esto y siempre hemos sobrevaluado el rol hídrico imaginando escenarios como los de Santa Cruz o la Antártida. Eso no es la realidad de todas las provincias. Santa Cruz y Mendoza tendrán que resolver su situación, pero en muchas otras provincias estamos en zonas remotas, con escasas actividades socioeconómicas y poca infraestructura.
